Abogados de Acoso Sexual en Los Angeles

El acoso sexual de un empleado, un solicitante de empleo o un contratista independiente está prohibido bajo las leyes laborales federales y de California. El acoso sexual es explícitamente ilegal bajo la Ley de Igualdad de Empleo y Vivienda de California. La mayoría de los casos de acoso sexual involucran a personas que no pueden controlar sus impulsos y deseos sexuales. Típicamente, estas personas están en posiciones de poder -como gerentes y supervisores- y sienten que son inmunes al castigo. El alcohol suele ser un factor agravante que conduce a la conducta del acosador; por ejemplo, en actos sociales de la empresa, convenciones u otros como viajes de negocios.

¿Qué es el Acoso Sexual?

Cuando comúnmente pensamos en el acoso sexual, pensamos en comentarios o toqueteos inapropiados en el lugar de trabajo que son de naturaleza sexual. La realidad es que las leyes de acoso sexual abarcan una amplia gama de conductas, comportamientos y lenguaje en el lugar de trabajo. El acoso no necesita ser motivado por el deseo sexual; puede estar relacionado con el sexo, el género, el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas.[ii]

La ley de California incluso permite que un empleador sea responsable por actos de acoso sexual que son cometidos por personas que no son empleados en contra de los empleados, si el empleador sabía o debería haber sabido del acoso y no tomó las medidas inmediatas y correctivas. [iii] Por ejemplo, imagínese a una enfermera que trabaja en un hospital y que es acosada sexualmente por una paciente y reporta la conducta a sus superiores. Si los supervisores del hospital no toman las medidas correctivas apropiadas para tratar la conducta del paciente y eliminar la amenaza de acoso a la enfermera, pueden ser considerados responsables por el acoso del paciente.[iv]

El acoso sexual puede incluir, pero no se limita a:

  • Tocar físicamente o tocar a tientas algo que es de naturaleza sexual;
  • Peticiones o demandas de favores sexuales;
  • Insinuaciones sexuales inoportunas;
  • Acoso sexual verbal, insinuaciones o chistes lascivos

¿Cuáles son los Tipos de Acoso?

Bajo la ley de California, hay dos formas reconocidas de acoso sexual: quid pro quo y ambiente de trabajo hostil.

Quid Pro Quo- o “Esto por Aquello”

El quid pro quo consiste en vincular el empleo, los ascensos y el trato justo de una persona en el lugar de trabajo a un intercambio de favores sexuales o a una relación con un gerente u otra persona en el poder. Esto puede parecer sencillo, sin embargo, el acoso sexual quid pro quo puede ser una forma sutil. Por ejemplo, puede ser obvio cuando un subordinado no será promovido a menos que tenga una relación sexual con su superior, pero menos obvio cuando se promete un aumento de sueldo a cambio de no reportar a un superior a los recursos humanos por lenguaje inapropiado e insinuante, en pocas palabras, el quid pro quo se relaciona con cualquier circunstancia en la que se espera que un empleado ceda ante un supervisor, gerente o empleador por su comportamiento sexual inapropiado a cambio de un trato preferencial o por mantener su empleo. Comúnmente, se espera que las víctimas de acoso quid pro quo permanezcan calladas sobre el acoso y el comportamiento a cambio de no ser despedidas de sus trabajos.

La ley de California permite a los empleados recuperar los daños demostrando que su beneficio de empleo estaba condicionado a su sumisión al comportamiento inapropiado e ilegal de su empleador y/o supervisor(es).

Si usted cree que ha experimentado el acoso sexual quid pro quo por parte de su supervisor o empleador, es importante que hable con un abogado experimentado que le ayudará a defender sus derechos laborales.

  • Entorno de Trabajo Hostil

Normalmente, las reclamaciones por entornos de trabajo hostiles surgen cuando un empleado es forzado a trabajar en un entorno de material o comportamiento sexualmente explícito. Esto puede incluir correos electrónicos sexualmente explícitos, fotos, pornografía, chistes lascivos y ofensivos, u otro comportamiento sexualmente ofensivo. Incluso cuando el material o las acciones no están directamente dirigidas a usted, este tipo de comportamiento tiene la capacidad de crear un ambiente de trabajo hostil. Típicamente, los acosadores y otros compañeros de trabajo pueden ver sus acciones como inofensivas y que cualquier reacción negativa es una reacción exagerada. Independientemente de sus propias creencias y opiniones, el comportamiento discriminatorio y ofensivo tiene la capacidad de crear un ambiente de trabajo hostil y es procesable. Incluso si el comportamiento acosador o discriminatorio es conducido por un compañero de trabajo, o incluso un subordinado, un empleado puede tener el derecho de presentar una demanda hostil en el lugar de trabajo cuando el empleador o la gerencia no tomaron las medidas apropiadas contra el comportamiento ofensivo.

Ninguna persona debe ser objeto de conductas ofensivas y discriminatorias que creen un ambiente de trabajo hostil. Una demanda por un ambiente de trabajo hostil asegurará que la conducta, y los responsables y en posiciones de poder, sean responsabilizados y el ambiente regrese a un estado normal.

El siguiente comportamiento puede ser motivo para crear un ambiente de trabajo hostil:

  • Bromas e insinuaciones ofensivas y lascivas
  • Insultos raciales y sexuales
  • Epítetos y apodos
  • Toques físicos y sexuales, agresiones o amenazas
  • Intimidación
  • Insultos
  • Objetos, imágenes o vídeos explícitos u ofensivos

Si usted cree que ha sido sometido a imágenes, comportamiento u otra conducta que ha creado un ambiente de trabajo hostil, es importante que consulte inmediatamente con un abogado experimentado que defienda sus derechos y ponga fin a las acciones ilegales realizadas en su lugar de trabajo.

¿Es Ilegal el Favoritismo Sexual?

El acoso sexual puede surgir cuando un empleador muestra “favoritismo sexual” al dar un trato favorable infundado e injustificado a los empleados debido a una relación sexual. El favoritismo sexual puede ser una situación difícil de hacer cumplir porque, típicamente, los casos aislados de favoritismo no son suficientes para que se tomen medidas necesarias. El favoritismo sexual debe crear un ambiente de trabajo hostil, generalizado y sentido entre los demás empleados. En otras palabras, el favoritismo envía un mensaje a los demás empleados que transmite que la gerencia considera a los empleados como “juguetes sexuales” o que la manera de obtener ascensos en el lugar de trabajo es participando en conductas sexuales con los superiores.[v]

Sin embargo, si usted y sus compañeros de trabajo sienten que se ha creado un ambiente hostil en el lugar de trabajo debido al favoritismo sexual, es importante consultar con un abogado experimentado para discutir las circunstancias y cualquier opción que pueda estar disponible.

¿Qué Leyes Regulan el Acoso Sexual?

El acoso sexual está regido y regulado tanto por las leyes de California como por las leyes federales. Bajo la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC, por sus siglas en ingles), el acoso que crea un ambiente de trabajo que una persona razonable consideraría intimidante, hostil u ofensivo es un “ambiente de trabajo hostil”. Las leyes que rigen la EEOC se rigen por el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe el comportamiento discriminatorio y acosador en el lugar de trabajo por motivos de sexo, género, raza, color o credo. Bajo las leyes de la EEOC, el acoso sexual incluye avances sexuales, solicitudes de favores sexuales y otros tipos de acoso verbal o físico de naturaleza sexual. Sin embargo, es importante recordar que el acoso no tiene que ser necesariamente de naturaleza sexual; y esto puede incluir comentarios ofensivos sobre el género de una persona. Por ejemplo, es ilegal acosar a una empleada haciendo comentarios ofensivos y despectivos sobre las mujeres en su conjunto.


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